Por: Pamela Huerta y Alexis Revollé
22/10/2020

Capítulo 1. - Víctima ideal

La “víctima ideal”, el punto común entre jueces y tratantes

Las víctimas de trata de personas son constantemente vulneradas desde su captación, pero es el sistema de justicia el que se encarga de dar la estocada final, cuando apela a prejuicios y estereotipos para desvirtuar su afectación.

En el Perú, la justicia parece ser un anhelo al que solo algunos pueden aspirar, y la víctima, en reiteradas ocasiones, solo es considerada cuando la visión que se tiene de ella es la de una “persona inmaculada”. Este concepto de “víctima ideal” se encuentra muy arraigado en nuestro sistema de justicia, y es un factor determinante en la toma de decisiones que pueden perjudicar, incluso, hasta a un par de niñas afectadas por la trata de personas (TdP).

En junio de 2019, ambas desaparecieron. Una fue reportada por su madre en la comisaría del distrito. Semanas después las encontraron, pero ya no eran las mismas, habían sido víctimas de TdP con fines de explotación sexual.

En ese momento tenían 13 y 12 años, eran pequeñas que convivían entre la pobreza y la violencia. Propio de la impulsividad de la edad, tomaron una decisión buscando alejarse del complejo contexto que compartían: escaparon de casa.

El umbral en una historia de abusos

Inicialmente, la primera de ellas (13) se juntó con unos conocidos a tomar licor en un parque. Al caer la noche ya no tenía dónde refugiarse, hasta que uno de los sujetos le propuso que fueran a un hotel a descansar. Esa noche abusó sexualmente de ella. Según el testimonio de la niña, pensó que era lo que tenía que suceder porque “era peor quedarse en la calle”.

De acuerdo a nuestro código penal, si un adulto mantiene relaciones sexuales con un menor de menos de 14 años, se configura automáticamente el delito de violación sexual, el cual es sancionado con una pena no menor de 30 años ni mayor de 35.

Pero esto solo era el principio de una cadena de abusos, ya que el violador, en poco tiempo, se convertiría también en un tratante de personas. Atento a la vulnerabilidad de su víctima, le propuso ganar dinero haciendo lo mismo que había hecho con él. “Vamos a trabajar así. Vas a ganar plata […] pero mitad para ti y mitad para mí”, es lo que este sujeto le habría indicado a la menor, según las declaraciones de ella.

Hablamos de una niña de 13 años, expuesta a un entorno en donde la violencia estaba normalizada. Intentaba escapar sin rumbo, sin un soporte emocional que la contenga. Estaba en una situación de abandono y necesitaba el dinero. Terminó aceptando sin aceptar. Una posterior pericia psicológica revelaría que sufría de depresión y alcoholismo.

Pero esto solo era el principio de una cadena de abusos, ya que el violador, en poco tiempo, se convertiría también en un tratante de personas.

Hospedajes o centros de explotación

Cuando una víctima de TdP es captada, posteriormente es trasladada y recibida en algún lugar para ser explotada. En este caso hablamos de un hospedaje en Ate Vitarte, cuyo propietario conocía la edad de la menor y a lo que era sometida (la ley N° 30802 prohíbe el ingreso de menores a hoteles sin sus padres o tutores legales).

La víctima cuenta que, además de concurrir con su tratante y los "clientes" que este conseguía, el dueño del establecimiento también abusó sexualmente de ella. A cambio le entregó S/ 140 y permitió que continuara “haciendo lo que hacía”.

El recepcionista del hospedaje estaba al tanto de todo, era el eslabón que completaba esta cadena de explotación. “Consciente de la vulnerabilidad que aquejaba a la agraviada, por su minoría de edad y situación de desprotección familiar y económica, tocó la puerta de la habitación […] con la finalidad de mantener relaciones sexuales en provecho propio”, indica el atestado del caso.

Además, le habría ofrecido hacer uso del hospedaje las veces que considerara necesarias, logrando mantenerla raptada y aprovechando la situación para “venderla” entre sus propios contactos. Por esto, él se consignaba una contraprestación de entre S/ 30 y S/ 40, dependiendo la ocasión.

"Clientes" o cómplices

Las mujeres víctimas de este delito, por lo general, terminan siendo explotadas sexualmente. Para los tratantes, las niñas son una “mercancía mejor cotizada” por su demanda. Hablamos, entonces, de cómplices de esta violencia.

VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS RESCATADAS DURANTE EL 2020
Durante el primer semestre del año se rescataron 437 víctimas de trata de personas, de este grupo 391 fueron mujeres y 46 hombres.
Haciendo una diferenciación por edad de las víctimas rescatadas, 369 fueron adultos y 68 menores de edad.

Fuente: MININTER

En su relato, la menor describe a varios de sus perpetradores, uno de ellos sería un efectivo de la Policía Nacional del Perú (PNP), quien le pidió que “fuera su enamorada” por una suma de dinero. “¿Cuánto pagó el policía para ser su enamorada?”, le preguntaron. “Él me pagó S/ 250”, respondió.

Había una segunda niña reportada como desaparecida, tenía 12 años y se juntó con su amiga porque recibieron una oferta para trabajar en la selva. Cuando narró su experiencia, solo sabía expresar repugnancia hacia los hombres que se le acercaron.

Ya inmersas en una red de TdP con fines de explotación sexual, un cuarto individuo aparece y les ofrece ganar S/ 4.000 trabajando como meseras en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM). Ellas vieron en ese empleo una nueva posibilidad.

“La menor agraviada tenía que juntar la suma de S/ 100 para poder sacar un documento de identidad falso que la hiciera aparentar mayoría de edad, con el cual podría realizar el viaje conjuntamente con él, mencionando que también podría llevar a su amiga”, se lee en el expediente. Si bien no se concretó la propuesta, el solo ofrecimiento ya configura el delito de TdP, con agravante por involucrar menores de edad.

Una víctima que no merece justicia

En nuestro sistema de justicia, muchas veces las víctimas deben cumplir ciertas características para hacerse merecedoras de la misma. Por ejemplo, deben ser moralmente resueltas, pasar exámenes toxicológicos o no tener fotos con poca ropa en redes sociales.

La jueza Raquel Cárdenas Díaz estuvo a cargo del caso que acabamos de referir y su fallo fue contundente: sentencia absolutoria. A pesar de todo lo que las víctimas contaron, para ella no se había logrado “desvirtuar el principio de inocencia” de los acusados.

“Según la agraviada, fue el imputado quien le propuso tener relaciones sexuales con varones a cambio de dinero; también es cierto, que la menor de edad […] dio pleno consentimiento para brindar servicios sexuales a los varones”, decidió.

Para el criterio de la jueza, las víctimas estaban en la capacidad de brindar su consentimiento. Pero no solo eso, pues resalta el hecho de que no se ejerció violencia contra la menor, reforzando la postura del consentimiento e ignorando los desgarradores perfiles que arrojaron las pericias psicológicas.

Es decir, la manipulación y/o aprovechamiento de una persona en situación de vulnerabilidad, a su criterio, no calificaron como violencia. Así, los acusados volvieron a las calles como si nada hubiera pasado.

Víctima idealizada

Sentencias como estas hay muchas. La idea de víctima que manejan los operadores de justicia continúa acentuando el perfil de una víctima "pura", asociada a una idea machista. Concepto bastante dañino para el acceso de justicia en un país como el Perú, donde el machismo, el clasismo y el racismo se imponen.

Para la Dra. Rosario López Wong, coordinadora nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas (Fistrap), es necesario que se elimine la imagen de víctima ideal que actualmente se maneja.

Alega que muchas veces las víctimas no se reconocen como tales ya que el tratante les hace creer que ellas son las responsables de lo que sucede. “Cuando nosotros intervenimos somos los malos de la película por quitarles su trabajo. Estos estereotipos juegan en contra de ellas. En el sistema de justicia, por exigir estos estereotipos, no se les cree y los casos se caen o se archivan”, añade.

Esto impacta en la sociedad de forma directa, ya que mayormente son las mujeres y niñas quienes deben lidiar con estereotipos de género y los prejuicios de quienes determinan quién es o no una víctima.

Es necesario que se aplique el enfoque de género a la hora de procesar o juzgar algún caso

Las sugerencias de entidades como el Ministerio de la Mujer (MIMP), la Defensoría del Pueblo o actores de la sociedad civil han sido claras: es necesario que se aplique el enfoque de género a la hora de procesar o juzgar algún caso.

Pero hay más, pues los derechos del niño, niña y adolescente son un fin supremo que nuestra justicia está obligada a resguardar. Esto no ocurre. Los menores de edad se encuentran en un constante estado de vulnerabilidad y no existen mecanismos efectivos que garanticen su bienestar.

La sentencia de Cárdenas Díaz es un claro ejemplo de lo presente que está la figura de la víctima ideal. Esta ha sido apelada y tendrá que ser vista en otra instancia; sin embargo, los órganos de control como la Inspectoria General (IG) o la Contraloría General de la República (CGR) también deberían ser interpelados a dar un mayor seguimiento de estos casos.