CALCULADORA DE GRATIFICACIÓN: ¿cómo saber cuánto me corresponde?

El 15 de diciembre es la fecha límite para que las empresas privadas abonen a sus empleados la gratificación correspondiente a fiestas navideñas. Calcula aquí a cuánto asciende tu pago, pues este beneficio es proporcional a los meses de trabajo.

CALCULADORA DE GRATIFICACIÓN

Fecha de Ingreso

Sueldo Bruto

Tiempo laboral computable (meses)

Bono Extraordinario

Con hijo(s) (Bonificación familiar)

Total a recibir

El cálculo realizado es referencial. Los montos podrían variar en función al caso concreto (por ejemplo para el caso de pequeñas y medianas empresas, en que se recibe un monto menor) y se calculan en base a la información ingresada por el usuario. Sobre el monto calculado pueden existir descuentos como el impuesto a la renta, deudas por pensión de alimentos, deudas con el empleador u otros.



¿Qué es la gratificación?

La gratificación es una remuneración adicional que percibe el trabajador, cuyo monto dependerá de los días computables que laboró en una misma compañía. Para la ocasión de julio se contabiliza los días entre el 1 de julio y el 31 de diciembre.

Se paga de forma bruta, es decir, no está afectada por los descuentos de ley que sí se aplican al salario mensual (tales como pago al sistema de pensiones o seguros); por el contrario, la gratificación goza de un adicional del 9% por concepto de EsSalud o 6.75% de EPS.

Solo estará afectada por el descuento de quinta categoría si es que el trabajador durante el año supera las 7 UIT en ingresos, conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley del impuesto a la renta.

¿Quiénes reciben este beneficio?

Tal como señala el artículo 1 de la Ley 27735 (denominada “Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad”), tienen derecho todos aquellos trabajadores que están sujetos al régimen de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad del contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios del trabajador.

Sin embargo, hay detalles a tener en cuenta. En el caso de las pequeñas empresas, y de acuerdo al Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE, los empleados tendrán derecho a media gratificación en julio y media gratificación en diciembre.

Por otro lado, la Ley 31110 permite que los trabajadores del régimen agrario también accedan a este beneficio. Según el artículo 3 numeral d, el trabajador puede elegir recibir los conceptos de CTS y gratificaciones en los plazos que la ley establece, sin que entren a ser prorrateados en la remuneración diaria.

Finalmente, la Ley 31047 otorga el beneficio a los trabajadores del hogar, cuya gratificación será equivalente al sueldo que se recibe.

¿Cuál es la diferencia entre gratificación y aguinaldo?

La gratificación corresponde únicamente al sector privado y se calcula en base a lo percibido como salario en el último mes. Mientras, el aguinaldo es un pago de s/ 300 que se hace a los trabajadores del sector público dos veces al año.

¿Cómo calcular la gratificación?

El cálculo del monto final se debe hacer usando los siguientes criterios:

SUELDO + ASIGNACIÓN FAMILIAR (si es que la tuviese) + BONO (9% DE ESSALUD; 6.75%EPS)