El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático: 1. Garantiza la libertad sindical. (…)"
- Artículo 28° de la Constitución Política del Perú
El dirigente que ahora lucha por su trabajo y su libertad
Luis Saman, ahora ex secretario general del Sindicato de Obreros de Backus, fue despedido el 4 de diciembre de 2020 por la compañía y, apenas unas semanas después, el 20 de ese mes, la entidad lo denunció penalmente por difamación.
Sentado en su local del Jirón Atahualpa, ubicado en el Rímac, Saman asegura que la empresa cambió de actitud con el sindicato cuando la multinacional belga, AB InBev, adquirió la cervecera más grande y rentable del país en el 2015.
“Llegó con una política antisindical. Ha buscado reducción de costos laborales y ha realizado persecución a dirigentes sindicales con la intención de desarticular los sindicatos. No ha tomado en cuenta las mesas de diálogo para ver soluciones a la problemática nacional”, afirma, mientras muestra las denuncias que él recibió durante los últimos años.
Según la Constitución Política, la libertad sindical está reconocida como un derecho fundamental. Además está resguardada por los convenios 87, 98 y 151 que el Perú ha firmado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de acuerdo a fuentes de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
En el 2018, la empresa denunció a Saman por supuesta “colaboración al terrorismo”, luego de haber realizado una campaña mediática en contra del despido de 15 trabajadores que realizaron una huelga como parte de sus actividades sindicales. Meses después, se retiraron los cargos por falta de pruebas. “Hubo la intención de causarme daño y perjuicio”, explica ahora.
Pero el problema se agudizó con la llegada de la pandemia. “Los trabajadores de Backus fueron de los primeros en salir contagiados. Hubo más de cientos de infectados y 4 fallecidos”, denuncia. Por tal motivo, realizó una campaña por medios para conseguir las medidas pertinentes, lo cual fue considerado como “injuria” por la empresa.
El caso de Saman, quien laboró por 30 años como obrero en Backus, se encuentra en curso en Sunafil y en el Poder Judicial. Pero solo un juez podrá decidir su reposición.
Según la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, los dirigentes sindicales no pueden ser despedidos porque gozan del “fuero sindical”, el cual garantiza que no se les despida por funciones de representación sindical. El despido será válido en caso el dirigente haya incurrido en una falta grave, como cualquier trabajador.
La República se comunicó con la empresa para recoger su versión sobre el caso de despido del señor Saman. Este es el comunicado que envió como respuesta.
El dirigente que lucha para que su sindicato no desaparezca
“Nosotros empezamos con 120 afiliados, pero a raíz de las medidas antisindicales ahora estamos casi en 20. Un sindicato con menos de 20 miembros ya desaparece como organización”, apunta Jimy Carrión, representante del sindicato de Hermes, una de las grandes empresas que brinda seguridad en el país.
Según el abogado laboralista, Javier Mujica, en el Perú solo el 5% de empresas del sector privado tienen sindicatos, debido a nuestra normativa, a diferencia de los países de la región, exige un número alto de trabajadores para crear un sindicato (como mínimo 20), mientras en países como Chile es de 7 u 8 trabajadores. Además existe un abuso de la contratación temporal y la tercerización, el cual evita la organización.
El sindicato de Hermes se creó en el 2017. Según Carrión, desde el inicio, la empresa comenzó a “realizar prácticas antilaborales contra los trabajadores afiliados con el fin de bajarse al sindicato”.
Desde su creación, el sindicato ha pedido mejores condiciones laborales, ya que, de acuerdo al dirigente gremial, la entidad no cumplía con brindar seguridad y beneficios al trabajador. “Para ellos es más importante sus servicios antes que la seguridad del personal”, declara.
En contra del sindicato, precisó, la entidad comenzó a despedir a sus afiliados. “La empresa ha buscado argucias para desintegrar el sindicato. Por ejemplo, despedía a trabajadores porque venían con sueño, luego de haber laborado entre 12 y 14 horas. Para los afiliados eran faltas graves”, sentencia.
Para Álvaro García, intendente nacional de Prevención y Asesoría de Sunafil, “la libertad sindical puede ser vulnerada de diversas maneras, no solo con el despido arbitrario de un dirigente sindical. Por ejemplo, cuando una empresa solo otorga beneficios a los trabajadores que no estén sindicalizados. Esto es lo que se llama prácticas antisindicales. Claramente, lo que la empresa busca es que el sindicato desaparezca”, indicó.
Carrión detalló que los hechos se agravaron en medio de la pandemia. El gremio denunció que la empresa no ha respetado los protocolos de bioseguridad y además obligaba a trabajar. “Nos dieron mascarillas por presión. En nuestros camiones blindados no existe distancia, además tenemos que comer en un espacio reducido. Hubo casos de personas que han contagiado a sus compañeros”, reveló.
Sin embargo, un hecho provocó que la empresa le envíe la carta de predespido a Jimy Carrión. Según el dirigente, esto se produjo a raíz de una denuncia que realizó a Sunafil por el reporte que le dio uno de sus afiliados sobre el caso de un funcionario de la empresa que estaba promoviendo la desafiliación al sindicato. Dicha denuncia motivó la inspección de la entidad fiscalizadora, que habría desencadenado luego en la carta de predespido.
“Hermes lo ha tomado como una injuria. Por eso me ha enviado mi carta de predespido. Por lo general, esta carta ya es un despido efectivo”, finalizó.
En respuesta a la solicitud de entrevista, la empresa Hermes Transportes Blindados señaló que “no puede brindar declaraciones sobre casos que se encuentran en proceso”.
Dirigente denuncia despido arbitrario tras defender a su afiliado
Durante la elaboración de este informe, Manuel Govea, secretario de Defensa del sindicato de Prosegur, empresa española que ofrece servicio de seguridad a nivel mundial, mantenía una disputa legal por recuperar su trabajo, luego de que la compañía le enviará una carta de predespido el 14 de enero pasado, tras haberle abierto un proceso disciplinario por difamación e injuria contra un funcionario de la empresa.
¿Qué ocurrió? Sentado en un restaurante del Centro de Lima, Govea narra que todo empezó cuando uno de los afiliados al sindicato, Jorge Rodríguez, resultó herido de bala mientras cuidaba uno de los camiones de la empresa en diciembre de 2018. El hecho le dejó graves secuelas en su salud.
Si bien Rodríguez obtuvo licencia voluntaria pagada y tratamiento, tras el accidente, y apoyado en el dirigente sindical, denunció que un gerente le pidió una supuesta coima con el fin de conseguirle una indemnización. Para sostener sus argumentos, presentó un video a la entidad a modo de prueba.
A través de un comunicado, Prosegur señala que “hizo de conocimiento del Ministerio Público los hechos y, tras las investigaciones correspondientes, el fiscal decidió archivar el caso al no comprobarse el delito”. Este medio requirió a la empresa los documentos de tal archivo, pero la entidad no remitió lo solicitado, argumentando que se ha abierto un nuevo proceso. Manuel Govea asegura que ni a Rodríguez ni a él les llegó algún documento relacionado al primero en el Ministerio Público.
La empresa añade que el video presentado por Rodríguez, con defensa del dirigente, “ha sido cortado intencionalmente en más de diez momentos, de acuerdo a las pericias realizadas”. Este medio también solicitó dichas pericias, pero la entidad manifestó que el material no puede ser compartido porque es parte del nuevo proceso del caso. Para Manuel Govea el video es verídico y fue presentado ante el director de la empresa, pero fue desestimado.
El 21 de enero, se desvinculó a Manuel Govea, dirigente del sindicato de Prosegur. Él asegura que estaba preparando su defensa a su carta de predespido cuando esto ocurrió. Su caso ya está en Sunafil desde hace meses, pero, según el representante gremial, no hay avances.
La empresa Prosegur indica que “es falso que haya existido una vulneración al derecho de libertad sindical, pues el proceso disciplinario al Sr. Govea fue abierto por una falta grave cometida a título personal (injuria contra otro trabajador), lo que de ninguna manera respondía a las actividades de defensa sindical que ejercía”.
El sindicato que sobrevivió a un cese colectivo
El 20 de octubre de 2020, la empresa CrediScotia Financiera S.A. solicitó al Ministerio de Trabajo la aprobación de un cese colectivo de más de 350 trabajadores, entre ellos toda la junta directiva y más de la mitad de afiliados del sindicato mayoritario de la compañía financiera.
El argumento de la empresa, según Patricia Salazar, representante de dicho gremio, fue que el área de microempresa, rubro en el que trabajaban todos los trabajadores cesados, no estaba “arrojando los resultados que ellos esperaban”.
Sin embargo, Salazar indica que la financiera, perteneciente a Scotiabank Perú, ha tenido utilidades que sobrepasan los 200 millones de soles a partir del 2017. Además, ha recibido el apoyo del gobierno, tanto del decreto que otorgó un subsidio para cubrir la planilla de los trabajadores que ganen hasta 1500 como también de FAE-MYPE.
Los representantes del sindicato decidieron recurrir a la vía legal para conseguir la nulidad del cese colectivo. Ellos consideraban que no se dio la oportunidad para buscar la solución al problema y que la prioridad debió ser que los trabajadores no queden en el aire.
La Autoridad del Trabajo del Mintra exigió a la empresa que presente los documentos “pertinentes” que demuestren la validez del cese colectivo, sin embargo, la entidad financiera no pudo convencer al Ministerio, que, en segunda instancia, declaró improcedente la medida emprendida por la empresa, por lo que exigió el reposición de los trabajadores.
CrediScotia no aceptó de inmediato la conclusión de la Autoridad del Trabajo y dejó con suspensión imperfecta (sin retorno al trabajo, pero con una remuneración) a todos los trabajadores que habían sido cesados.
Luego de varias semanas de movilizaciones, el sindicato logró, el pasado 22 de enero, que la empresa reconozca su reposición y se comprometa a iniciar con el proceso de retorno de labores.
“Realizamos más de doce movilizaciones en un lapso de dos meses, pero entendíamos que era necesario”, sentencia Patricia Salazar.
Sunafil: “Las sanciones por libertad sindical están consideradas como muy graves”
La libertad sindical es un derecho fundamental consignado en el artículo 28° de la Constitución Política del Perú y con mayor precisión en el Decreto Supremo N° 010-2003-TR, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
Además, el Perú se ha comprometido, en sus tratados comerciales con Estados Unidos (TLC) y la Unión Europea, a garantizar la libertad sindical.
De acuerdo con la normativa peruana e internacional, los representantes sindicales tienen la protección del “fuero sindical”, el cual prohíbe el despido a los dirigentes gremiales por el cumplimiento de sus funciones de representación o por las medidas que realicen en la defensa de sus derechos, sean a través de la negociación colectiva o huelga.
Pero en caso de ser vulnerado, como ocurre en la realidad, el trabajador tiene diversas instancias a dónde puede recurrir para hacer valer su derecho. Para el abogado laboralista, Javier Mujica, existen tres opciones:
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- Primero se debe comprobar el despido arbitrario. Para ello, hay que acudir a Sunafil, entidad que se encarga de realizar la comprobación administrativa del hecho. Si la sanción de Sunafil no logra la reposición, entonces se puede acudir a la vía judicial para denunciar la vulneración al fuero sindical.
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- Otra opción es interponer una Acción de Amparo, ya que el derecho a la libertad sindical es considerado un derecho fundamental en la Constitución. Aunque esta vía tarda más en su resolución.
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- Y la tercera opción es pedir apoyo al sindicato para que realicen una medida de fuerza, como una huelga, para presionar una reposición.
La primera opción es la más común. Álvaro García, intendente nacional de Prevención y Asesoría de Sunafil, detalló el proceso que sigue un caso de vulneración a la libertad sindical en la entidad y cuáles son las sanciones que recibe una empresa por esta infracción.
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- Sunafil recibe una denuncia o puede iniciarla por oficio.
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- Emite una orden de inspección y se elige a un inspector encargado del caso.
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- El inspector realiza la investigación pertinente para confirmar o desestimar la denuncia. En el caso de la vulneración de la libertad sindical el plazo para este proceso es de 30 días.
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- Luego el inspector emite un informe, en caso haya confirmado que la falta será un acta de infracción.
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- El caso pasa a otra instancia de Sunafil para definir la sanción.
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- Las sanciones de Sunafil son administrativas, en este caso, a través de multas. Sunafil no puede exigir la reposición de un trabajo, esa decisión solo le compete a un juzgado.
García precisó que “las sanciones por libertad sindical están consideradas como muy graves” en la escala que tiene Sunafil y, por lo tanto, la multa máxima para estos casos pueden llegar a 52 UIT.
Es importante precisar que la libertad sindical está vinculada a la negociación colectiva, derecho sindical que le permite negociar mejores condiciones de trabajo con su superiores, y también a la huelga, medida de fuerza en caso la entidad incumpla los acuerdos o sus derechos.
A través de solicitud de información, Sunafil brindó datos sobre la cantidad de denuncias que recibió, desde el 2019 hasta la actualidad, por parte de los trabajadores que consideraron vulnerado sus derechos de relaciones colectivas: libertad sindical, negociación colectiva y huelga.
Asimismo, brindó información sobre los procesos iniciados de oficio por la propia entidad fiscalizadora por la vulneración de los mismos derechos y en el mismo período de tiempo. En el cuadro se puede notar la cifras diminutas de los procesos de oficio.